Registros de la sección con detalle de campos, archivos y acciones
| Comisión | Dirección | Objetivos estratégicos vinculados a la unidad funcional | Principales resultados esperados | Observaciones |
|---|---|---|---|---|
| Jurídica | Jurídica Central de Transición |
DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS (DGAJ)
1. Atender y sustanciar los recursos administrativos planteados ante el Alcalde Municipal.
2. Validar proyectos normativos que emanen del Órgano Ejecutivo Municipal a ser suscritos por el Alcalde Municipal.
3. Validar proyectos normativos para consideración y aprobación por el Concejo Municipal.
4. Validar proyectos de instrumentos de relacionamiento a ser suscritos con instituciones públicas o privadas, nacionales e internacionales, en marco de las competencias autonómicas municipales.
5. Revisar proyectos de instrumentos de relacionamiento o cooperación a ser suscritos con instituciones públicas y/o privadas, nacionales e internacionales, para el registro de créditos y donaciones.
6. Supervisar los procesos expropiatorios por necesidad y/o utilidad pública.
7. Gestionar el asesoramiento legal a todas las unidades organizacionales del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz que no cuenten con Asesor Legal.
8. Atender solicitudes de fiscalización y peticiones de informes escritos remitidas por el Concejo Municipal y por la Asamblea Legislativa Plurinacional, relativas a causas patrocinadas por esta Dirección.
9. Evaluar proyectos de normativa nacional y departamental que sean remitidos a su conocimiento.
10. Supervisar la gestión de las solicitudes de enajenación a título oneroso, transferencias a título gratuito a favor de particulares u otras instituciones y levantamientos de gravámenes.
11. Supervisar la protocolización de Minutas emergentes de procesos de enajenación a título oneroso, transferencias a título gratuito a favor de particulares u otras instituciones, transferencias de áreas residuales y levantamientos de gravámenes ante la Notaría de Gobierno.
12. Supervisar el patrocinio y seguimiento de procesos civiles, penales, contenciosos, contenciosos administrativos y coactivos fiscales en los cuales se encuentre involucrado el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz como parte, o en las cuales se discutan cuestiones que involucren a la propiedad municipal.
13. Supervisar el patrocinio y seguimiento de recursos y acciones constitucionales, contenciosos y contenciosos administrativos en los que forme parte el Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
14. Presentar informes sobre los procesos jurisdiccionales, recursos y acciones constitucionales a su cargo.
15. Enviar oportunamente reportes a la Contraloría General del Estado y a la Procuraduría General del Estado, sobre los procesos jurisdiccionales atendidos.
16. Presentar denuncias ante el Ministerio Público, sobre hechos o actos de corrupción, en coordinación con la Unidad de Transparencia y Lucha contra la Corrupción.
17. Recomendar e informar sobre la pertinencia del inicio, continuidad y conclusión de acciones legales pendientes contra y a instancias del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
18. Establecer lineamientos institucionales en materia legal y asegurar su cumplimiento al interior del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
19. Atender recursos y acciones constitucionales.
20. Supervisar el registro de los procesos a su cargo en el Sistema de Registro Obligatorio de Procesos del Estado (ROPE).
21. Supervisar el patrocinio y seguimiento a los procesos penales iniciados en contra de la Máxima Autoridad Ejecutiva, así como en contra de autoridades, servidoras y servidores públicos municipales electos, no electos, de carrera administrativa municipal y eventuales que se encuentren en funciones en el Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, por hechos realizados en el
ejercicio de sus funciones.
22. Dirigir la consolidación del derecho propietario de los bienes inmuebles que emerjan de una normativa que disponga su inscripción a favor del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
23. Proponer anteproyectos de Leyes Municipales Autonómicas, Decretos Municipales, Resoluciones Ejecutivas u otros documentos de registro de propiedad municipal y clasificación del patrimonio del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz cuando así se requiera, en coordinación con otras unidades organizacionales del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
24. Supervisar la ejecución de los procesos de saneamiento y regularización técnico y legal de la propiedad inmueble municipal, en el marco de la normativa vigente.
25. Generar normas y lineamientos institucionales para el saneamiento de la propiedad inmueble municipal.
26. Apoyar a las distintas unidades organizacionales del Órgano Ejecutivo Municipal en los procesos administrativos, bajo instrucción de la Máxima Autoridad Ejecutiva.
27. Verificar la correcta aplicación de leyes, reglamentos, instructivos, normas, procedimientos y controles internos de administración, tanto de orden general como propios de la entidad.
28. Revisar y refrendar las Leyes Municipales Autonómicas y Ordenanzas Municipales, para la respectiva promulgación por parte del Alcalde Municipal y elaborar las instrucciones respectivas para su cumplimiento.
29. Mantener un registro correlativo, sistematizado y organizado de Leyes Municipales Autonómicas, Ordenanzas Municipales, Resoluciones Municipales, Resoluciones Ejecutivas, Decretos Municipales, Decretos Ediles, Convenios Interinstitucionales y otras disposiciones, así como su custodia y preservación.
30. Difundir y distribuir copias de las disposiciones legales municipales a la ciudadanía y unidades organizacionales que corresponda, por medio físico y/o digital.
31. Reproducir y legalizar la documentación bajo su custodia a requerimiento de usuarios internos y externos.
32. Garantizar un adecuado servicio de atención de consultas y préstamo de documentos y/o archivos bajo su custodia a usuarios internos y externos conforme a normas vigentes, facilitando el acceso a la información.
33. Brindar el servicio fedatario de la documentación bajo su custodia a requerimiento de usuarios internos y externos, y asegurar que la documentación cuente con las medidas de seguridad y mantenimiento adecuados.
34. Disponer el descarte periódico de la documentación administrativa que hubiera caído en obsolescencia o caducidad, de acuerdo a la legislación vigente sobre la materia.
35. Planificar y organizar las transferencias periódicas de la documentación proveniente de las diferentes unidades organizacionales del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, controlando la recepción, clasificación, sistematización del archivo de las Leyes Municipales Autonómicas, Ordenanzas Municipales, Decretos Municipales, Decretos Ediles, Resoluciones y Convenios Interinstitucionales,
manteniendo su orden de acuerdo a principios archivísticos.
36. Administrar el Sistema de Procesos y Procedimientos de su unidad organizacional.
37. Participar en las actividades promovidas por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz en todo el Municipio, que le sean asignadas.
38. Otras que le sean asignadas por norma vigente.
UNIDAD DE ANÁLISIS LEGAL Y NORMATIVO
1.Atender y sustanciar recursos administrativos planteados ante el Alcalde Municipal
2. Elaborar o revisar proyectos normativos que emanen del Órgano Ejecutivo Municipal, u otros
documentos, a ser suscritos por el Alcalde Municipal.
3. Elaborar, revisar y gestionar proyectos normativos para ser puestos a consideración y aprobación por el Concejo Municipal.
4.Elaborar o revisar proyectos de instrumentos de relacionamiento a ser suscritos con instituciones
públicas o privadas, nacionales e internacionales, en el marco de las competencias autonómicas
municipales.
5. Revisar proyectos de instrumentos de relacionamiento o cooperación a ser suscritos con instituciones públicas o privadas, nacionales e internacionales, referidos a asistencia técnica, financiamiento no
reembolsable o donaciones en especie, remitidos por la Agencia Municipal de Cooperación.
6.Atender y coordinar con las instancias competentes, los procesos expropiatorios por necesidad y/o utilidad pública.
7.Brindar asesoramiento legal a todas las unidades organizacionales del Gobierno Autónomo Municipal
de La Paz que no cuenten con Asesor Legal.
8.Atender solicitudes de fiscalización y peticiones de informes escritos remitidas por el Concejo
Municipal y por la Asamblea Legislativa Plurinacional, relativas a causas patrocinadas por esta unidad.
9.Analizar proyectos de normativa nacional y departamental que sean remitidos a su conocimiento.
10. Atender y gestionar las solicitudes de enajenación a título oneroso, transferencias a título gratuito a favor de particulares u otras instituciones y levantamientos de gravámenes consignados por el
Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, sobre predios de particulares.
11. Gestionar la protocolización de Minutas emergentes de procesos de enajenación a título oneroso,
transferencias a título gratuito a favor de particulares u otras instituciones, transferencias de áreas
residuales y levantamientos de gravámenes que sean de su competencia ante la Notaría de Gobierno.
12. Participar en las actividades promovidas por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz en todo el Municipio, que le sean asignadas.
13. Otras que le sean asignadas por norma vigente.
UNIDAD DE PROCESOS JURISDICCIONALES
1. Efectuar el patrocinio y seguimiento de procesos civiles, penales, contenciosos, contenciosos administrativos y coactivos fiscales, en los cuales se encuentre involucrado el Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz como parte, o en las cuales se discutan cuestiones que involucren a la propiedad municipal.
2. Efectuar el patrocinio y seguimiento de recursos y acciones constitucionales, contenciosas y contenciosas administrativas.
3. Elaborar informes sobre los procesos jurisdiccionales, recursos y acciones constitucionales a su cargo.
4. Atender solicitudes de fiscalización y peticiones de informes escritos remitidas por el Concejo Municipal y por la Asamblea Legislativa Plurinacional, relativas a causas patrocinadas por esta unidad.
5. Elaborar y preparar oportunamente reportes a ser enviados a la Contraloría General del Estado sobre los procesos jurisdiccionales atendidos.
6. Elaborar y presentar las denuncias ante el Ministerio Público, sobre hechos o actos de corrupción, en coordinación con la Unidad de Transparencia y Lucha contra la Corrupción.
7. Analizar la pertinencia del inicio, continuidad y conclusión de acciones legales pendientes contra y a instancias del Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
8. Asegurar el cumplimiento de los lineamientos institucionales en materia legal establecidos.
9. Efectuar y actualizar el registro de los procesos a su cargo en el Sistema de Registro Obligatorio de Procesos del Estado (ROPE).
10. Patrocinar y efectuar seguimiento a los procesos penales iniciados en contra de la Máxima Autoridad Ejecutiva, así como en contra de autoridades, servidoras y servidores públicos municipales electos, no electos, de carrera administrativa municipal y eventuales que se encuentren en funciones en el Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, por hechos realizados en el ejercicio
de sus funciones.
11. Participar en las actividades promovidas por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz en todo el Municipio, que le sean asignadas.
12. Otras que le sean asignadas por norma vigente
UNIDAD DE SANEAMIENTO Y REGISTRO DE LA PROPIEDAD MUNICIPAL
1. Efectuar la inscripción y registro a favor del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, ante las Oficinas de Derechos Reales de los bienes inmuebles cuya instrucción emerja de una normativa que disponga su inscripción a favor del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
2. Elaborar anteproyectos de Leyes Municipales Autonómicas, Decretos Municipales, Resoluciones Ejecutivas u otros documentos de registro de propiedad municipal y clasificación del patrimonio del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz cuando así se requiera, en coordinación con otras unidades organizacionales del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
3. Elaborar informe técnico y legal en el proceso de inscripción y registro de la propiedad inmueble municipal, atingentes a la obtención de normativa que instruya la inscripción de la misma ante Oficinas de Registro de Derechos Reales.
4. Efectuar los procesos de saneamiento ante el Instituto Nacional de Reforma Agraria, regularización de registro técnico y legal de la propiedad inmueble municipal, en el marco de la normativa en coordinación con otras unidades organizacionales del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz cuando así se requiera.
5. Gestionar de manera conjunta y en coordinación con las unidades organizacionales correspondientes, las intenciones de cesión a favor del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
6. Realizar el levantamiento de gravámenes de bienes inmuebles de propiedad municipal ante la Oficina de Derechos Reales.
7. Realizar trámites de regularización de registros de la propiedad inmueble municipal por la vía administrativa cuando corresponda.
8. Emitir información de propiedad de bienes inmuebles municipales y bienes de dominio público municipal, en atención a solicitudes de las unidades organizacionales del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz y/o personas naturales o jurídicas, en los plazos establecidos en el marco de la normativa.
9. Mantener un archivo documentario físico y digital de respaldo de la propiedad inmueble municipal (institucional y de dominio público) de acuerdo a normativa, que posibilite emitir información
oportuna a requerimiento de unidades organizacionales del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, personas naturales o jurídicas.
10. Coordinar con Subalcaldías e Instituto Nacional de Reforma Agraria el saneamiento de la propiedad inmueble municipal en áreas rurales.
11. Coordinar con el nivel Central y niveles autonómicos la regularización de la propiedad inmueble municipal.
12. Mantener registros sistematizados y actualizados de los bienes inmuebles de propiedad municipal.
13. Aplicar normas y lineamientos institucionales para el saneamiento y regularización de la propiedad inmueble municipal a través de su clasificación, registro, oponibilidad y custodia.
14. Realizar levantamientos topográficos de la propiedad inmueble municipal para su registro.
15. Participar en las actividades promovidas por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz en todo el Municipio, que le sean asignadas.
16. Otras que le sean asignadas por norma vigente.
SECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA
1. Revisar y verificar la consistencia y coherencia de la información y datos registrados en el Sistema de Inversión Municipal (SIM) relativos a la unidad organizacional de acuerdo a normativa vigente.
2. Actualizar, coordinar y registrar la información del Seguimiento y Evaluación al Plan Operativo Anual.
3. Efectuar el seguimiento al registro oportuno de la información de inversión pública de la Dirección Administrativa en el SISIN – Web, así como la revisión de la misma, en los casos que corresponda.
4. Solicitar y registrar las modificaciones presupuestarias referidas a reformulados y traspasos en coordinación con las unidades solicitantes, de acuerdo a normativa vigente.
5. Ejecutar, verificar la consistencia y efectuar el seguimiento de la ejecución presupuestaria de gastos y recursos, otorgando información oportuna a la Máxima Autoridad de su Dirección Administrativa para la toma de decisiones.
6. Coadyuvar con las autoridades y personal que interviene en los procesos de ejecución de gastos, garantizando la correcta aplicación de las partidas por objeto del gasto, cumpliendo con los parámetros establecidos en el Clasificador Presupuestario, considerado en la Formulación del Presupuesto Institucional y sus modificaciones presupuestarias (instrumento normativo emitido por
el Órgano Rector).
7. Verificar el adecuado registro de las operaciones financieras, presupuestarias y patrimoniales en el Sistema de Gestión Pública (SIGEP) en el marco de la Ley Nº 1178 de Administración y Control Gubernamentales y disposiciones reglamentarias emitidas por la Secretaría Municipal de Administración y Finanzas.
8. Socializar y dar cumplimiento a los instructivos de la Secretaría Municipal de Administración y Finanzas en aplicación a normativa tributaria emitida por Servicio de Impuestos Nacionales, que son de aplicación y cumplimiento obligatorio por las Unidades Ejecutoras y Unidades Recaudadoras de las Direcciones Administrativas.
9. Socializar y dar cumplimiento con las actividades y plazos establecidos en el Instructivo para el Cierre Presupuestario, Contable y de Tesorería de la Gestión Fiscal correspondiente, en coordinación con el personal de las unidades organizacionales que intervienen en los diferentes procesos, relacionados con la generación de la información financiera.
10. Proponer a la Máxima Autoridad Ejecutiva de su Dirección Administrativa, la implantación de controles internos, en caso de haberse identificado riesgos en la generación de las operaciones financieras.
11. Coordinar con las unidades organizacionales involucradas, la implantación de recomendaciones emitidas por los entes fiscalizadores (Unidad de Auditoría Interna, Contraloría General del Estado y Auditores Externos), en el marco de sus competencias, considerando la segregación de funciones establecidas en los Principios, Normas Generales y Básicas de Control Interno Gubernamental.
12. Efectuar el control de la recaudación generada por las unidades recaudadoras, verificando la consistencia de la información de respaldo, en los casos que corresponda.
13. Efectuar el control de los ingresos y validar la documentación de respaldo generada por la Unidad Recaudadora con la firma correspondiente, así como los informes emitidos de forma semanal, en cumplimiento a normativa emitida por la Secretaría Municipal de Administración y Finanzas.
14. Efectuar el registro y control de información en el Sistema de Indicadores Diarios de Gestión (SIDIG), cuando la información dependa de la Sección Administrativa Financiera, en los casos que corresponda.
15. Gestionar en coordinación con las unidades ejecutoras, la suscripción de convenios, acuerdos y otros relacionados al ejercicio de competencias emanadas de normativas específica vigente (salud, educación, seguridad ciudadana, servicios básicos); auspicios; disposición temporal o definitiva de bienes municipales (usufructo, comodatos, concesiones, autorizaciones y transferencias); prácticas
pre-profesionales (pasantías, trabajos dirigidos e internados); laborales (sindicatos); convenios intergubernativos y otros de ser necesario.
16. Gestionar en coordinación con las unidades ejecutoras, ante la Agencia Municipal de Cooperación, los instrumentos de relacionamiento y/o cooperación referidos a asistencia técnica, financiamiento no reembolsable y/o donaciones que tengan relación con acciones inherentes a cooperación.
17. Cumplir, en coordinación con las unidades ejecutoras, los términos de convenios y/o contratos por recursos recibidos por financiamiento externo e interno (donaciones, transferencias y créditos) en el marco de las disposiciones emitidas por el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, Ministerio de Planificación del Desarrollo y normativa emitida por los organismos y/o entidades financiadoras.
18. Dar cumplimiento a los parámetros establecidos en el Instructivo para Fondo Rotativo y Caja Chica del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
19. Dar cumplimiento a los parámetros establecidos en el Instructivo para Pago de Obligaciones del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
20. Cumplir con el procedimiento establecido en el Instructivo para la Asignación de Cuotas de Caja del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
21. Gestionar el registro y actualización de las firmas autorizadas de las autoridades de la Dirección Administrativa, de acuerdo a normativa emitida por la Secretaría Municipal de Administración y Finanzas.
22. Realizar el seguimiento de los trámites de pago en el SIGEP y en el Sistema de Control de Trámites del Tesoro Municipal de la Secretaría Municipal de Administración y Finanzas, para brindar información a los beneficiarios a través de sus Unidades Ejecutoras.
23. Verificar la correcta apropiación y ejecución de los recursos provenientes del IDH, considerando las competencias del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz y el uso autorizado en las normas vigentes del IDH.
24. Aprobar en el Sistema Integrado de Contrataciones Municipales (SICOM), el Programa Anual de Contrataciones (PAC) y sus modificaciones realizadas por las unidades organizacionales solicitantes.
25. Registrar en el Sistema Integrado de Contrataciones Municipales (SICOM), en el módulo de Contrataciones todas las contrataciones a ser efectuadas en la gestión, en el marco de la normativa vigente.
26. Llevar adelante los procesos de contratación de bienes, obras, servicios generales y de consultoría, de acuerdo a la normativa vigente, a requerimiento de las unidades solicitantes.
27. Registrar oportunamente en el Sistema de Contrataciones Estatales (SICOES) todas las actividades que correspondan en el marco de la normativa vigente.
28. Remitir oportunamente los documentos de garantía, emergentes de procesos de contratación a la Dirección de Licitaciones y Contrataciones para su custodia, debiendo considerar los plazos establecidos para la solicitud y procesamiento de su renovación, liberación y/o ejecución de acuerdo a normativa vigente, previo requerimiento de las unidades solicitantes, en los casos que corresponda.
29. Cumplir con los plazos establecidos en la normativa vigente para la remisión a la Dirección de Licitaciones y Contrataciones, de documentación a ser enviada a la Contraloría General del Estado.
30. Realizar las acciones requeridas con el objeto que la Dirección de Licitaciones y Contrataciones pueda tramitar la protocolización de contratos ante la Notaría de Gobierno, en los casos que corresponda.
31. Remitir los procesos de contratación y las modificaciones de contrato en forma oportuna a la Dirección de Licitaciones y contrataciones, para su custodia y remisión a las instancias correspondientes, en el marco de la normativa vigente.
Las funciones descritas son extraídas del MOF 2026.
|
Gestión 2021: Información no proporcionada
Gestión 2022: Información no proporcionada
Gestión 2023: Información no proporcionada
Gestión 2024: Información no proporcionada
Gestión 2025: Información no proporcionada
Gestión 2026: Información no proporcionada
|
Los funcionarios de la DGAJ no subieron en digital los Planes Operativos Anuales (POA) correspondientes a las gestiones 2021, 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026, lo que impidió completar los espacios requeridos.
En fecha 23 de abril de la presente gestión se llevo a cabo la revisión de la documentación entregada al alcalde electo, empero de dicha revisión no se entrego en físico los Planes Operativos Anuales (POA) correspondientes a las gestiones 2021, 2022, 2023, 2024, 2025 y 2026.
Del análisis y evaluación de la documentación proporcionada, se identifican diversas falencias susceptibles de mejora mediante la implementación de ajustes específicos, a continuación, se detallan las mismas :
-En la Dirección General de Asuntos Jurídicos se ha detectado que falta una planificación estratégica clara, respecto a sus unidades.
UNIDAD DE SANEAMIENTO Y REGISTRO DE LA PROPIEDAD MUNICIPAL
-Metas Anuales de avance Concretas
-Cronogramas de Saneamiento.
-Priorización Territorial Formal..
UNIDAD DE ANÁLISIS LEGAL Y NORMATIVO
- Acumulación de carga administrativa.
-Riesgo de daño económico al municipio (actualización de valores, litigios).
-Coordinación con las unidades del Gamlp, Sub alcaldías y el Concejo Municipal, para unificar criterios y evitar la duplicidad de esfuerzos.
UNIDAD DE PROCESOS JURISDICCIONALES
-Ausencia de evaluación de resultados.
- Se puede observar en la planilla de ejecución presupuestaria de gastos de la gestión 2025, que en el punto 2.6.2 Gastos Judiciales se habría pagado el monto de 40.459,00 bs, pero este gasto no esta explicado en el informe del jefe de unidad, a la par se tiene el punto 2.5.6 Servicios de Imprenta, Fotocopiado y Fotográficos, donde se realizo el gasto de 5.080 bs, del cual tampoco se especifico, se debe reorganizar el gasto.
- Se ha detectado fallas en su control interno, respecto a la presentación de memoriales y seguimiento de casos, debido a que el control consiste en la presentación de un reporte en digital mensual, pero no se hace un contraste de lo presentado en digital, con lo presentado en físico.
- El jefe de unidad explico que los memoriales remitidos, solo contienen el sello del abogado patrocinante, lo cual genera incertidumbre respecto al contenido de los mismo, es necesario que los jefes de unidad den su visto bueno antes de que un memorial salga de la unidad, también es importante que se den las directrices para las estrategias legales, para unificar criterios y tener un mejor control respecto a los procesos.
- El archivo de jurídica debería contener todos los actuados de juzgado en copias, para resguardar la transparencia en el patrocinio de procesos a favor de la alcaldía, el jefe de unidad indico que solo se tiene los actuados mas relevantes. (considerando que se tiene un presupuesto destinado a fotocopias y gastos juiciales)
- Se debe formular planes para un mejor desempeño, para igualar la carga laboral entre los funcionarios.
- Se debe evaluar al personal, conforme a sus resutados.
SECCIÓN ADMINISTRATIVA FINANCIERA
Falencias detectadas:
-El informe no contempla un análisis de riesgos financieros, administrativos o legales.
-No se identifican ni cuantifican las obligaciones futuras ni los riesgos financieros asociados.
-La falta de actualización oportuna afecta la confiabilidad de la información patrimonial.
-La ausencia de control sobre activos fijos evidencia una debilidad significativa en el sistema de control interno, generando riesgos sobre la administración del patrimonio institucional.
-No se evalúa la eficiencia ni la necesidad del gasto en consultorías, lo que podría reflejar una débil gestión de recursos.
-El informe no evalúa el impacto de esta estructura de gasto en la eficiencia institucional ni en el cumplimiento de objetivos.
-El uso recurrente de estos mecanismos limita la trazabilidad y el control de las operaciones financieras, pudiendo generar riesgos en la transparencia y control interno.
-No se realiza análisis de causas que expliquen la baja ejecución presupuestaria, ni se proponen acciones para su mejora, evidenciando debilidades en la gestión financiera.
-El informe no explica las variaciones significativas en los niveles de ejecución presupuestaria entre gestiones, lo que limita la evaluación del desempeño institucional.
|
Preparando envío...