AUDITORIA INTERNA
Ejercer el control gubernamental interno posterior en el Gobierno Autónomo Municipal de La paz, en el marco de lo establecido por el artículo 15 de la Ley N.º 1178 de Administración y Control Gubernamentales y sus decretos reglamentarios.
AUTORIDAD SUMARIANTE
De acuerdo a los establecido en los Art. 28 y 29 de La ley SAFCO, Ley 1178 de 20 de julio de 1990, que señala que todo servidor público responderá a los resultados emergentes del desempeño de las funciones , deberes y atribuciones asignados a su cargo, a este efecto la responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal se determinará tomando en cuenta los resultados de la acción u omisión, que contravenga el ordenamiento jurídico administrativo y las normas que regulan la conducta funcionaria del servidor público, a tal efecto se determinará por proceso interno en la entidad del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz que se deberá tomar en cuenta los resultados de la Auditoria si la hubiere.
Asimismo, los Arts. 64 al 67 del Decreto Supremo N° 23318-A de 3 de noviembre de 1992, en el caso de posible responsabilidad administrativa, el ASESOR LEGAL PRINCIPAL de la entidad que ejerce tuición actuará como sumariante, con las facultades previstas y dentro de los plazos establecidos.
Del mismo modo el Art. 2 del Decreto Supremo N° 26237 de 29 de junio de 2001, en la adecuación del D.S. N° 28003 de 11 de febrero de 2005 parte IX del Art 2 señala: "En los gobiernos municipales, la responsabilidad administrativa del Alcalde y los concejales se sujetará al procedimiento establecido en la Ley de Municipalidades". La Contraloría General del Estado, queda encargado de la ejecución y cumplimiento de las mismas.
SUB COMISIÓN DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN
Competencias y atribuciones principales:
Conforme al art. 10 de la Ley 974 de Unidades de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción se tienen las siguientes funciones
“Artículo 10. (Funciones). I. Son funciones de las Unidades de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción, en el marco de la presente Ley, las siguientes: “(…) 2. A denuncia o de oficio, gestionar denuncias por posibles actos de corrupción. 3. Proponer a la Máxima Autoridad, la aprobación de reglamentos, manuales, guías e instructivos, en materias referidas a sus funciones… 5. Planificar, coordinar, organizar y apoyar a la Máxima Autoridad en el proceso de rendición pública de cuentas y velar por la emisión de estados financieros, informes de gestión, memoria anual y otros. 6. Asegurar el acceso a la información pública, exigiendo a las instancias correspondientes en la entidad o institución, la otorgación de información de carácter público. 5. Planificar, coordinar, organizar y apoyar a la
Máxima Autoridad en el proceso de rendición pública de cuentas y velar por la emisión de estados financieros, informes de gestión, memoria anual y otros… 10. A denuncia o de oficio, gestionar denuncias de negativa injustificada de acceso a la información, en el marco de la presente Ley. 11. A denuncia o de oficio, gestionar denuncias por posibles irregularidades o falsedad de títulos, certificados académicos o profesionales de servidoras, servidores, ex servidoras o ex servidores públicos. 12. Realizar seguimiento y monito.
Conforme al Manual de Organización y Funciones MOF se tienen las siguientes funciones:
• Promover y elaborar proyectos de normativa municipal, relacionados a la promoción de la transparencia institucional municipal, lucha contra la corrupción, ética institucional, acceso a la información pública y cultura del buen trato.
• Atender denuncias por posibles actos de corrupción, faltas a la ética institucional y vulneración a la normativa administrativa interna y normativa externa, cuando corresponda.
• Identificar, gestionar y remitir antecedentes con indicios de posibles actos de corrupción, responsabilidad funcionaria, faltas a la ética institucional y/o de vulneración a la normativa administrativa interna y externa, a las instancias competentes por ley, cuando se adviertan la existencia de elementos que permitan identificar posible responsabilidad administrativa, civil y/o penal.
• Coordinar los procesos de rendición pública de cuentas con la participación y control ciudadano en el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz y proponer políticas institucionales relacionadas, generando corresponsabilidad y acceso transparente a la información municipal.
• Asegurar y promover el acceso a la información municipal, en el marco de la normativa municipal vigente.
• Promover los valores ético laborales y la gestión basada en enfoques de interculturalidad, calidad de la atención ciudadana, sensibilidad de género y compromiso institucional, así como la prevención en temas de lucha contra la corrupción, a través de alianzas estratégicas con actores internos y externos a la institución, nacionales e internacionales.
• Promover la actualización de la información del módulo de consulta de Procesos Sumarios, Penales y Civiles a cargo de las unidades organizacionales responsables.
• Realizar solicitudes de información y/o documentación para análisis, verificación y pronunciamiento, a las unidades organizacionales, unidades municipales desconcentradas, Empresas y Entidades Descentralizadas Municipales y otras instancias, para la gestión de denuncias, en el marco de la normativa municipal y nacional vigentes.
• Promover alianzas estratégicas y el intercambio de experiencias y buenas prácticas con actores internos, externos, organismos y entidades del ámbito nacional e internacional, con la finalidad de profundizar la transparencia, lucha contra la corrupción, ética institucional, acceso a la información, corresponsabilidad y cultura del buen trato.
• Impulsar estrategias para la disminución de la burocracia innecesaria.
• Aplicar los instrumentos administrativos emitidos por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz para el ejercicio de sus funciones y atribuciones en el marco de la transparencia y la lucha contra la corrupción.
• Gestionar, coordinar y ejecutar procesos de capacitación, sensibilización y actualización en temas de transparencia municipal, valores ético laborales, políticas municipales de lucha contra la corrupción y otros en coordinación con las unidades organizacionales que correspondan.
• Fortalecer y promover canales de comunicación interna y externa para la recepción y procesamiento de denuncias relacionadas a la tipología de casos establecidos por la Unidad.
• Actuar de oficio, cuando corresponda, y de manera coordinada con las instancias llamadas por ley ante el conocimiento de presuntos actos o hechos de corrupción pública.
• Realizar visitas operativas administrativas y aplicar herramientas como usuarios simulados entre otras, en las unidades organizacionales del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz, a fin de verificar el cumplimiento de la normativa vigente.
• Informar a los ciudadanos y a los servidores públicos municipales solicitantes, sobre el estado de sus denuncias.
• Identificar áreas y/o procedimientos con riesgo de corrupción en las unidades organizacionales del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
• Administrar el Sistema de Procesos y Procedimientos de su unidad organizacional.
• Participar en las actividades promovidas por el Gobierno Autónomo Municipal de La Paz en todo el Municipio, que le sean asignadas.
• Otras que le sean asignadas por la autoridad superior.